Artículo 29 RGPD – Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento
El encargado del tratamiento y cualquier persona que actúe bajo la autoridad del responsable o del encargado y tenga acceso a datos personales solo podrán tratar dichos datos siguiendo instrucciones del responsable, a no ser que estén obligados a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros.
Considerandos adecuados
Considerando 39 – Principios Del Tratamiento De Datos
Considerando 40 – Licitud Del Tratamiento De Datos
Considerando 74 – Responsabilidad Y Obligaciones Del Responsable Del Tratamiento
Preguntas frecuentes sobre el Artículo 29
+¿Qué exige el artículo 29 del RGPD?
El artículo 29 exige que toda persona que actúe bajo la autoridad de un responsable o encargado solo trate datos personales siguiendo instrucciones del responsable, salvo que una ley la obligue a otra cosa.
+¿Pueden los empleados tratar datos sin instrucciones según el RGPD?
No. El personal y otras personas con acceso a datos personales solo pueden tratarlos siguiendo instrucciones documentadas del responsable, lo que apoya la rendición de cuentas y limita usos no autorizados.
+¿Cómo se relaciona el artículo 29 con la seguridad de los datos?
Al limitar el tratamiento a instrucciones autorizadas, el artículo 29 reduce el riesgo de uso indebido y apoya las obligaciones de confidencialidad e integridad previstas en otras partes del RGPD.