Se debe establecer la posibilidad de realizar transferencias en determinadas circunstancias, de mediar el consentimiento explícito del interesado, si la transferencia es ocasional y necesaria en relación con un contrato o una reclamación, independientemente de tratarse de un procedimiento judicial o un procedimiento administrativo o extrajudicial, incluidos los procedimientos ante organismos reguladores. También se debe establecer la posibilidad de realizar transferencias cuando así lo requieran razones importantes de interés público establecidas por el Derecho de la Unión o de los Estados miembros, o cuando la transferencia se haga a partir de un registro establecido por ley y se destine a consulta por el público o por personas que tengan un interés legítimo. En este último caso la transferencia no debe afectar a la totalidad de los datos personales o de las categorías de datos incluidos en el registro y, cuando el registro esté destinado a su consulta por personas que tengan un interés legítimo, la transferencia solo debe efectuarse a petición de dichas personas o, si estas van a ser las destinatarias, teniendo plenamente en cuenta los intereses y los derechos fundamentales del interesado.
* Esta no es una descripción/título oficial del considerando aquí.
¿Por qué el considerando 111 es importante para el cumplimiento del RGPD?
El considerando 111 es importante para el cumplimiento del RGPD porque describe excepciones específicas que permiten transferencias internacionales de datos en determinadas situaciones sin garantías adecuadas. Estas incluyen los casos en que el interesado ha dado su consentimiento explícito, o cuando la transferencia es necesaria para la ejecución de un contrato o para reclamaciones legales. Sin embargo, el considerando destaca que dichas excepciones deben aplicarse de forma restrictiva y solo en casos excepcionales para evitar debilitar la protección general de los datos personales.